Recomendaciones para la participación del Movimiento Sindical en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (SIVJRNR)

Sobre esta publicación

La historia de los trabajadores en Colombia se recoge en la historia del movimiento sindical, que por lo demás no comienza con los hitos de fundación de quienes hacemos parte de este proceso, sino que está en la génesis misma del surgimiento de las organizaciones de los artesanos (sastres, zapateros, carpinteros, etc.) en nuestro país, en la segunda mitad del siglo XIX cuyas luchas y reivindicaciones obreras han encontrado incontables obstáculos a lo largo de todo su trasegar, el más cruel y letal de ellos: el anti-sindicalismo y la violencia criminal.

El movimiento sindical viene consolidándose como movimiento social y político desde hace casi cien años, con las luchas históricas de los artesanos, trabajadores del petróleo y del banano. Las tres principales centrales obreras del país, tienen su origen en las distintas manifestaciones de protesta de los trabajadores de diversos sectores. La Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC) nace en agosto de 1935, convirtiéndose en la primera organización sindical del país, la cual se consolidó a la par de la industria nacional; la Confederación General del Trabajo (CGT) fue fundada en 1971 por un sector disidente de la Unión de Trabajadores de Colombia (UTC); y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) fue fundada en 1986, como producto de un proceso de unidad de la antigua Confederación Sindical de Trabajadores de Colombia (CSTC), sindicatos independientes y algunos desafiliados de la CTC y la UTC y la Federación Colombiana de Trabajadores de la Educación (Fecode). La Fecode se fundó el 24 de marzo de 1959, agrupa trabajadores al servicio de la educación pública, mayoritariamente docentes, organizados en 33 sindicatos regionales, correspondientes a la división política administrativa del país; es decir a los 32 departamentos y al Distrito Capital.

De tiempo atrás el movimiento sindical colombiano representado por los organismos antes mencionados ha asumido el compromiso de conquistar una reparación integral y transformadora tanto individual como colectiva, que corresponda a la victimización sufrida a lo largo de su historia.

La violencia contra el sindicalismo hace parte de una exclusión sistemática, que ha favorecido la vulneración de los derechos de trabajadores y trabajadoras, de los derechos laborales, y de las libertades sindicales. Por medio de esta violencia, se ha favorecido además la implementación de modelos de relaciones laborales restrictivos de los derechos de trabajadores y trabajadoras y se ha propiciado la exclusión del movimiento social de los trabajadores/as de la democracia, provocando afectaciones al conjunto de la sociedad colombiana.

“El sindicalismo colombiano ha sufrido una violencia histórica, selectiva y sistemática, 700 sindicatos han sido víctimas de por lo menos un hecho violatorio de la vida, libertad o integridad de alguno de sus afiliados, y 322 de éstos, han visto morir asesinado, por lo menos, a uno de sus miembros. Las y los dirigentes sindicales y los afiliados a sindicatos han jugado un liderazgo destacado en la construcción de tejido social. Así, la violencia contra el sindicalismo, no sólo representa sus vidas pérdidas o las afectaciones individuales, que representan ya un daño grave, sino que también, representan la afectación a sus organizaciones, a sus procesos sociales y a la democracia.

Por todo lo anterior, una violencia que ha sido sistemática, que ha afectado al conjunto de trabajadores y trabajadoras y que ha vulnerado la existencia y papel de las organizaciones sindicales en el país, desde la aparición del sindicalismo y sus incipientes organizaciones, pasando luego al sindicalismo organizado, debe por ende, significar una reparación al colectivo del movimiento sindical.

Eventuales medidas de reparación colectiva deben partir de tener en cuenta tres niveles de afectación colectiva: El nivel de daños al movimiento sindical, el nivel de daños a las organizaciones sindicales y el nivel de daños a los trabajadores. Las medidas de reparación colectiva para el sindicalismo, las entendemos en su conjunto como el restablecimiento de la libertad sindical en el país, libertad que ha sido gravemente vulnerada con ocasión de la violencia.

Por lo tanto, cuando el movimiento sindical acude a la Comisión de Esclarecimiento de la Verdad (CEV) y a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) (en adelante el Sistema) para que cumplan con el objetivo de garantizar y satisfacer los derechos del movimiento sindical como víctima, debe tener en cuenta para su real comprensión, el fenómeno de victimización sufrida, la compleja estructura orgánica-funcional y el proceso de unidad que nos permite hablar del movimiento sindical colombiano, para asumir el proceso y lucha ante el Estado Colombiano por la reparación integral y transformadora a la que tiene derecho.

Con relación a la estructura orgánica, encontramos las Confederaciones o Centrales sindicales, que son organizaciones de tercer grado, en este caso, específicamente CUT, CTC y CGT, por ser las directamente victimizadas, por su trayectoria y capacidad de convocatoria y movilización; éstas a la vez agrupan y representan a las organizaciones de segundo grado, es decir la federaciones (Fecode, Fenaltrase, Fensuagro, USO, entre otras), las cuales asocian a los sindicatos de primer grado; estas tres centrales representan los intereses de al menos 1.500 sindicatos de primer y segundo grado.

Ahora bien, las centrales y un gran número de federaciones tienen como jurisdicción el territorio nacional, mientras que los sindicatos de primer grado (de empresa o de industria) tienen como radio de acción los municipios o departamentos, y en consecuencia han sido las primeras víctimas de las diferentes formas de violencia en los territorios; vale anotar que es fundamental tener en cuenta el sector de la producción o el gremio de bienes y servicios que asocian.

En consecuencia, para poder consolidar un relato de verdad, que contribuya a obtener justicia, es imperante la necesidad de reconocer y comprender la victimización vivida, como el macro caso del movimiento sindical, el cual será la sumatoria en primer lugar de los relatos de las Centrales Sindicales y en segundo lugar, teniendo en cuenta su autonomía y grado de victimización, bajo la égida de las centrales, el que deberán hacer las federaciones y sindica- tos que así lo consideren y decidan concurrir al Sistema, en razón a los hechos violentos de los cuales fueron objeto, en atención a las características de su gremio o por estar ubicados en determinados territorios.

De esta manera se podrá abordar el caso sindical desde la complejidad orgánica del movimiento sindical, desde los diferentes sectores de la economía y poblacionales y por supuesto desde los territorios; y así escuchar las voces de los líderes y directivos sindicales, de los afiliados y afiliadas, de los trabajadores y trabajadoras y en definitiva de las víctimas individuales y colectivas para conocer acerca de la inveterada violencia antisindical, sus actores y responsables.

Teniendo en cuenta lo anterior, presentamos este documento al SIVJRNR y a las organizaciones sindicales del país con la finalidad de ofrecer recomendaciones de carácter técnico y metodológico para facilitar la presentación y el abordaje del caso sindical en los mecanismos del SIVJRNR: CEV, JEP.

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